Cómo acogerse a la opción tarifaria a multiusuarios
Los usuarios agrupados en conjuntos residenciales, edificios, condominios, centros comerciales o similares, pueden acceder a la opción de multiusuarios del servicio de aseo, con el fin de reducir costos en la facturación de acuerdo al volumen de residuos sólidos generados.
Para acceder a la tarifa de multiusuarios se debe dar cumplimiento a todos y cada uno de los requisitos numerados por el artículo 4 de la resolución CRA 233 de 2002:
El acta asamblea de copropietarios, como documento deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 189 del código de comercio, para que las decisiones que en esta consten tengan plena validez ante terceros.
Es importante relacionar los nombres de las personas que estarán a cargo de la suscripción de las actas, debido a que la Resolución CRA 236 de 2002, mediante la cual se estableció la metodología para la realización de los aforos a multiusuarios, ha previsto que las mediciones base del nuevo aforo deberán estar suscritas por la persona designada por el multiusuario para tal fin o por dos testigos cuando éste no se encuentra disponible o se niega a firmar el formato de aforo y que el dato puntual así obtenido tendrá plena validez. El multiusuario para el momento de la solicitud deberá contar con las cajas de almacenamiento o recipientes que permitan determinar su volumen y peso. Se entiende por caja de almacenamiento, definida por el decreto 1077 de 2015, el recipiente metálico o de otro material técnicamente apropiado para el depósito temporal de residuos sólidos de origen comunitario, en condiciones herméticas y que facilite el manejo o remoción por medios mecánicos o manuales.
Una vez se obtenga la documentación se puede presentar en el Centro de Atención al Usuario.